La pildora ddd

4:23 / Publicado por JoElAm /

a)¿Como demuestra el autor que dicha pildora no es un inocente anticonceptivo, sino un metodo abortivo?
No es un metodo anticonceptivo ya que no previene de de enfermedades de transmicion sexual solo previene de embarazo y mata a un diminuto embrion.
b)¿A que se refiere el autor con la expresion uso estrategico del lenguaje?
El autor con esta frase se refiere a que hace falta entender bien las cosas para despues llevarlas a cabo sabiendo las consecuencias.
c)¿Que opinas de la recomendacion que hace a los medicos y farmaceuticos?
Yo creo que el autor tiene razon ya que el medico receta una cosa se tiene que atentar a sus consecuancias.

La Eutanasia

1:12 / Publicado por JoElAm /

LA EUTANASIA

Definición.
El término eutanasia deriva del griego: "eu" (bien) y "thanatos" (muerte). Es todo acto u omisión cuya responsabilidad recae en el personal médico o en individuos cercanos al enfermo, y que ocasiona la muerte inmediata de éste con el fin de evitarle sufrimientos insoportables o la prolongación artificial de su vida. Cabe destacar dos datos relevantes: para que la eutanasia sea considerada como tal, el enfermo ha de padecer, necesariamente, una enfermedad terminal o incurable, y en segundo lugar, el personal sanitario ha de contar expresamente con el consentimiento del enfermo. Actualmente, se distingue del término 'muerte digna', que consiste en el otorgamiento de medidas médicas paliativas (que disminuyen el sufrimiento o lo hacen tolerable), de apoyo emocional y espiritual a los enfermos terminales.

¿Cuantos tipos o métodos hay?
Se distingue en muchas ocasiones entre eutanasia activa y pasiva. La primera es aquella que se produce de forma voluntaria mediante la administración de alguna sustancia o fármaco. La pasiva sería la producida por la ausencia de un tratamiento o terapia que se sabe es necesario para prolongar la vida del paciente. También se distingue en algunos casos entre directa e involuntaria. La primera es la que se produce como causa directa de una acción voluntaria. La segunda se reserva para los casos en los que la muerte es provocada por algún tratamiento, pero sin ser ésta la intención del mismo. La eutanasia involuntaria se produce en aquellos casos en los que para aliviar el dolor y el sufrimiento del paciente se administran fármacos muy fuertes que pueden acabar provocando la muerte, pero sin que sea esta la intención. Este caso si es legal, siempre que los medicamentos y las cantidades administradas en cada caso sean los apropiados y no se demuestre que fueron desproporcionados y tenían otro fin.

Causas y consecuencias.
El concepto de dignidad humana se invoca tanto para defender la eutanasia como para rechazarla.
Así, para los defensores de la eutanasia, la dignidad humana del enfermo consistiría en el derecho a elegir libremente el momento de la propia muerte; para sus detractores, la dignidad humana obliga a oponerse a la eutanasia, por considerarlo una arbitrariedad humana frente a un problema moral, ya sea fundamentado en la religión (la elección de la muerte es una decisión exclusivamente divina) o en principios de carácter laico e incluso ateos.
Evidentemente, tras este uso equívoco del término dignidad humana subyacen distintas concepciones del ser humano, de la libertad, de la ciencia médica y del conjunto de los derechos humanos.

Que dice la ley sobre esto.
La despenalización de la eutanasia no significa obligatoriedad absoluta. No se puede imponer el criterio de un conglomerado al ordenamiento jurídico de todo un territorio, por lo que el derecho debiera asegurar los mecanismos para regular el acceso a la eutanasia de los pacientes interesados que cumplan unos requisitos especificados legalmente; así como de la legalidad y transparencia de los procedimientos.
La sociedad moderna basa su ordenamiento jurídico en la protección de los derechos humanos. En este sentido, cada enfermo tiene derecho a decidir, informadamente, sobre los asuntos que pertenecen a una esfera tan privada como su cuerpo; y en virtud de esto, decidir cómo quiere seguir -o no seguir- viviendo.
En la eutanasia se puede escoger el tipo de muerte que se le da al paciente.

Que dice la Iglesia. Documentos sobre el tema. (Pontificios y episcopales)
La postura de las iglesias cristianas en tanto, a nivel mundial, es mayoritariamente contraria a la eutanasia y al suicidio asistido: es el caso de la Iglesia Católica Romana y de las Iglesias evangélicas y pentecostales. La postura del actual papa Benedicto XVI quedó explícitamente recogida en una carta a varios eclesiásticos norteamericanos de 2004:
No todos los asuntos morales tienen el mismo peso moral que el aborto y la eutanasia. Por ejemplo, si un católico discrepara con el Santo Padre sobre la aplicación de la pena de muerte o en la decisión de hacer la guerra, éste no sería considerado por esta razón indigno de presentarse a recibir la Sagrada Comunión. Aunque la Iglesia exhorta a las autoridades civiles a buscar la paz, y no la guerra, y a ejercer discreción y misericordia al castigar a criminales, aún sería lícito tomar las armas para repeler a un agresor o recurrir a la pena capital. Puede haber una legítima diversidad de opinión entre católicos respecto de ir a la guerra y aplicar la pena de muerte, pero no, sin embargo, respecto del aborto y la eutanasia.

Tercer punto de la carta de J. Ratzinger, al cardenal Theodore McCarrick, Arzobispo de Washington DC.
Las
Iglesias luteranas y metodistas en cambio, como asimismo la mayoría de las afiliadas a la Comunión Anglicana se oponen en principio, pero dan espacio para la decisión individual caso a caso. Por otro lado, varias iglesias han optado por no pronunciarse a este respecto y enfatizar el valor de la conciencia individual en cuestiones éticas, es el caso de las iglesias católicas afiliadas a la Unión de Utrecht, y algunas Iglesias presbiterianas, entre otras.

Opinión personal.
El concepto de eutanasia, no obstante, ha evolucionado en su significación y contexto. La historia de la eutanasia se divide en tres épocas: ritualizada, medicalizada y autonomizada. Estamos en la época de la autonomía, de los derechos y del protagonismo de los pacientes. Ello significa una grave responsabilidad para el mismo paciente terminal y no menos para los profesionales y los familiares. Sin embargo debería garantizar que la eutanasia y el suicidio asistido nunca se impondrán a nadie contra su voluntad, y menos aún a las personas indefensas, vulnerables o ancianas. Importa insistir no sólo en los derechos y en la autonomía de los pacientes sino también en los derechos y obligaciones de los médicos.
Tanto el concepto como su significación generan actitudes contrapuestas por los profesionales de la salud. Cualquier decisión que se adopte con el objetivo de finalizar de modo activo la vida de un paciente en estado terminal tendrá sus detractores, ya que están en juego la libertad y la vida humanas.
Pero el concepto de eutanasia no está siempre unívocamente definido. De ahí que aparezcan términos como: ortotanasia, benemortasia, distanasia (encarnizamiento terapéutico), eutanasia directa/indirecta, eutanasia activa/pasiva, etc., que confunden y crean ambigüedad. En la actualidad se asocia el término eutanasia únicamente a las acciones que tienen como finalidad la terminación intencionada de la vida de un paciente, sea o no terminal, a manos del profesional de la salud, a petición de aquél.
El término eutanasia comporta connotaciones con carga emocional negativa: matar, verdugo, ángeles de la muerte, holocausto, asesinato, homicidio. Hoy se insiste en los términos de la muerte decorosa, digna e indolora. Estas expresiones, sin más, las aceptaría cualquier persona por lo que pueden significar emocional e intelectualmente. Nadie anhela una agonía indecente, miserable y dolorosa: “hay un deseo moral de morir antes que vivir sin decoro”. Algunos pacientes reclaman el derecho a que se les deje morir con dignidad, antes que soportar situaciones injustas, degradantes y desesperanzadas, que consideran peores aún que la misma muerte.
Sin embargo, las Leyes y el contexto hospitalario no favorecen un desafío real en los casos limite (inseguridad jurídica: articulo 409 del actual Código Penal), olvidando el derecho del paciente a ser informado y a decidir libre y voluntariamente (consentimiento informado) sobre el rechazo de algunos tratamientos de soporte vital. El encarnizamiento terapéutico y la prolongación artificial de la vida pueden resultar indignos e inhumanos.
No es extraño que al hablar de la eutanasia se utilicen diversos eufemismos o expresiones ambiguas: muerte sin dolor, buena muerte, muerte liberadora, homicidio piadoso, ayudar a morir, opción de morir, autodeterminación, derecho a morir dignamente, muerte por compasión, final caritativo, muerte digna, liberación del insufrible dolor, muerte apacible, etc.

Resurrección

1:08 / Publicado por JoElAm /

¿Que es la resurrección? ( de Jesus)
La Resurrección de Jesús es un HECHO REAL, HISTÓRICO -como todo lo que dicen los Evangelios sobre Jesús de Nazaret- y META HISTÓRICO, -vá más allá, pues anticipa nuestra propia resurrección-. Cuando pienses en esta VERDAD DE FE, toma en cuenta estas cuatro afirmaciones:

La resurrección de Jesús no es una vuelta a su vida anterior, para volver a morir de nuevo. Jesús entra en la vida definitiva de Dios; es "exaltado" por Dios (Hch 2,23); es una vida diferente a la nuestra. (Rm 6, 9-10)

Jesús resucitado no es una "alma inmortal", ni un fantasma. Es un hombre completo, con cuerpo, vivo, concreto, que ha sido liberado de la muerte, del dolor, de las limitaciones materiales, con todo lo que constituye su personalidad.

Dios interviene, no para volver a unir el cuerpo y el alma de Jesús, sino que ocurre un nuevo prodigio, una intervención creadora de Dios. El Padre actúa con su fuerza creadora y poderosa, levantando al muerto Jesús a la vida definitiva y plena.

No se trata de que Jesús resucitó "en la fe" de sus discípulos, o "en su recuerdo". Es algo que aconteció verdaderamente en el muerto Jesús y no en la mente o en la imaginación. Jesús realmente ha sido liberado de la muerte y ha alcanzado la vida definitiva de Dios.

¿Que significa para los cristianos?

Con la Resurrección de Jesús, Dios afirma cosas muy importantes:
Dios estaba de parte de Jesús, le da la razón en todo lo que hizo y dijo y se la quita a quienes estaban en su contra.

Rehabilita su causa y su persona: Jesús es su Hijo, el Cristo, el Mesías esperado.
Dice a la Iglesia naciente que su misión está fundada no solamente en el hecho histórico, sino en la experiencia pascual, en el encuentro de cada cristiano con Jesús Resucitado.

Es la anticipación de la meta de la historia; hace surgir una fuerza dinámica e invita a un programa de vida para cada hombre.

Hay un nuevo horizonte para la vida y nuevo sentido para la muerte. La vida es un camino que se puede andar con esperanza, pues la muerte no es el fin del hombre, sino el medio para volver a su destino final: Dios Padre.
¿Que pruebas hay de la resurreccion?

La máxima obra de Dios, la Resurrección de su Hijo, no tuvo testigos. Sin embargo sí se puede comprobar; hay "evidencias": El sepulcro vacío.- Los cuatro evangelistas lo mencionan. Lo reconocen incluso los soldados, los sacerdotes y las autoridades romanas. Aunque no es una prueba directa, es un signo especial, es el primer paso para el reconocimiento de la Resurrección. Juan dice: "vió y creyó (20,8). Las apariciones del Resucitado.- En ellas se basa el argumento definitivo para afirmar la Resurrección. NO FUERON VISIONES subjetivas, sino HECHOS OBJETIVOS, HISTÓRICOS. Se describen (en los últimos capítulos de los evangelios), como presencia real y hasta carnal de Jesús; come, camina, deja que lo toquen, platica con ellos. Son una base sólida de la fe en la Resurrección. El testimonio de los que creemos.- Aunque no hubo testigos de la resurrección, sí los hay del Resucitado. Quienes lo vieron comenzaron a decir que el "Crucificado estaba vivo" y así es como surge la Iglesia. Nuestra fe procede de los primeros que creyeron y continuamos hoy transmitiendo esa misma fe en Jesús de Nazaret que murió por nosotros, y que RESUCITÓ como primicia de lo que será nuestra propia resurrección. ¡desde hace dos mil años, hombres y mujeres han dado testimonio de la fe en la Resurrección y así seguirá ocurriendo hasta el fin de los tiempos!

¿Cuales son los encuentros del hombre con el resucitado?

En los evangelios se describen varios "encuentros" de Jesús Resucitado con varios de sus discípulos; hay cosas en común en estas experiencias:

Jesús se "deja ver", para que salgan de su incredulidad y de su desconcierto.

El encuentro afecta a la totalidad de sus personas: transforma el miedo en celo por el evangelio; la ignorancia por sabiduría; la debilidad por fortaleza; la tristeza por alegría. (Gal 1,23)
Les descubre los enigmas de la fe: "se les abren los ojos" "ven y creen".

Los encuentros siempre conducen a una llamada a la evangelización "vayan y digan" (Mt 28, 18-20; Mc 16,15; Lc 24,28; Jn 20,21).

Comprenden que deben vivir su vida cotidiana con otro sentido y otra profundidad, el encuentro con el Resucitado es una experiencia prolongada en la vida. (2Cor 4,10).

¿Qué opinas tu de la resurrección?

Aunque la Escritura no intenta “probar” que Jesús fue resucitado de entre los muertos, si presenta evidencias concluyentes del hecho de que Él verdaderamente resucitó. La resurrección de Cristo está registrada en Mateo 28:1-20; Marcos 16:1-20; Lucas 24:1-53 y Juan 20:1-21:25. La resurrección de Cristo también aparece en el libro de Los Hechos (Hechos 1:1-11). De estos pasajes puedes obtener muchas “pruebas” de la resurrección de Jesucristo. Fíjate en el dramático cambio en los discípulos. Ellos fueron del temor que los hizo esconderse en un cuarto, al entusiasmo y propagación del Evangelio por todo el mundo. ¿Qué otra cosa pudo explicar este dramático cambio en ellos, sino la experiencia de ver a Jesucristo resucitado?


EL ABORTO

1:11 / Publicado por JoElAm /

a) Definición.
El aborto es la muerte de un niño o niña en el vientre de su madre producida durante cualquier momento de la etapa que va desde la fecundación (unión del óvulo con el espermatozoide) hasta el momento previo al nacimiento.
b) ¿Cuantos tipos o métodos hay?

Consideramos que el aborto puede ser clasificado en Espontáneo o Inducido y de tipo Legal o Ilegal:
Aborto Espontáneo: Se considera aborto espontáneo a la pérdida de la gestación antes de las 26 semanas, cuando el feto no está aún en condiciones de sobrevivir con garantías fuera del útero materno. Un aborto espontáneo ocurre cuando un embarazo termina de manera abrupta. Un 8 y 15 por ciento de los embarazos, según las fuentes, que se detectan terminan de esta manera, aunque un número importante y dificilmente valorable pasan desapercibidos. Existen muchas doctas opiniones que dicen que incliso el 50 por ciento de los embarazos pueden considerarse fracasados y terminar de forma espontánea.
Aborto Inducido: El aborto inducido, según la definición de la Organización Mundial de la Salud (O.M.S.) es el como el resultante de maniobras practicadas deliberadamente con ánimo de interrumpir el embarazo. Las maniobras pueden ser realizadas por la propia embarazada o por otra persona por encargo de esta.
Aborto Legal: Se considera aborto inducido legal cuando es realizado bajo las leyes despenalizadoras del país donde se practica. En España se considera aborto legal cuando es realizado con consentimiento de la mujer, en un Centro Acreditado para ello y bajo uno de los tres supuestos despenalizadores de la ley, es decir cuando hay peligro para la salud o la vida de la embarazada , por causa de violación o por malformaciones fetales.
Aborto Ilegal: Se considera aborto ilegal o clandestino cuando es realizado en contra de alguna de las leyes del país donde se practica.Cuando el aborto está prohibido por la ley, las circunstancias hacen que muchas mujeres busquen a comadronas o a médicos que se prestan a colaborar. Pero el aborto practicado en estas circunstancias es peligroso y mantiene unas estadísticas de mortalidad y morbilidad materna infinítamente superiores a las del aborto legal. El aborto ilegal se practica generalmente en las peores condiciones higiénicas y con las posibilidades escasas de recurrir con urgencia a un hospital. Es importante que antes de continuar con la decisión que tomes valores las circunstancias a las que te puedes enfrentar.
c) Causas y consecuencias.
CAUSAS:
Dentro de la problemática nutricional actual del país, los que más están sufriendo son los niños. Por eso se cree que no debemos traerlos al mundo.
Malformaciones físicas en el feto.
Simples embarazos no deseados dentro del matrimonio.
Violaciones que causan embarazos no deseados.
Poca disponibilidad económica de la madre o los padres para mantener al hijo que está por venir.
Mujeres solteras que no quieren tener una "mala reputación".
CONSECUENCIAS
Se ha demostrado que despues de un aborto, aumenta la incidencia de sangrado irregular, para lo que se necesita administrar estrógenos.
Causa periodos largos de infertilidad e incluso esterilidad permanente.
Se asocia con efectos colaterales como aumento de peso, acne, pérdida del pelo, etc. por los químicos utilizados.
Causa severas depresiones mentales, frustraciones y trastornos emocionales, en la mujer e incluso en la pareja y el resto de la familia.
Causa remordimientos permanentes.
Algunos métodos abortivos, acarrean infecciones vaginales.
Puede llegar a causar la muerte de la madre.
d) Que dice la ley sobre esto.
La L.O. 9/1985 introduce el artículo 417bis al código penal mediante el cual se despenaliza el aborto en ciertos supuestos. La ley orgánica 10/1995 del Código Penal deja vigente el artículo 417bis del antiguo código.

ARTÍCULO 417 BIS:
No será punible el aborto practicado por un médico, o bajo su dirección, en centro o establecimiento sanitario, público o privado, acreditado y con consentimiento expreso de la mujer embarazada, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
1º: Que sea necesario para evitar un grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada y así conste en un dictamen emitido con anterioridad a la intervención por un médico de la especialidad correspondiente, distinto de aquél por quien o bajo cuya dirección se practique el aborto. En caso de urgencia o riesgo vital para la gestante, podrá prescindirse del dictamen y del consentimiento expreso.2º: Que el embarazo sea consecuencia de un hecho constitutivo de delito de violación del artículo 429, siempre que el aborto se practique dentro de las doce primeras semanas de gestación y que el mencionado hecho hubiese sido denunciado.3º: "Que se presuma que el feto habrá de nacer con graves taras físicas o psíquicas, siempre que el aborto se practique dentro de las veintidós primeras semanas de gestación y que el dictamen, expresado con anterioridad a la práctica del aborto, sea emitido por dos especialistas del centro o establecimiento sanitario, público o privado, acreditado al efecto, y distintos de aquél por quien o bajo cuya dirección se practique el aborto.
e) Que dice la Iglesia. Documentos sobre el tema. (Pontificios y episcopales)
La Iglesia Católica entiende por aborto la muerte provocada del feto, realizada por cualquier método y en cualquier momento del embarazo desde el instante mismo de la concepción. Así ha sido declarado el 23 de mayo de 1 988 por la Comisión para la Interpretación Auténtica del Código de Derecho Canónico.
f) Opinión personal.
Nunca deja de generar polémica el tema del aborto. Muchas personas e instituciones se manifiestan a favor o en contra, basándose en ideas, principios, creencias y conocimientos. Luego de esta investigación que manifiesta las dos tendencias, llego a la conclusión de que el aborto debe ser legalizado, debido a que en esta forma dejarían de morir mujeres que se practican abortos en malas condiciones; además en muchos de los países donde se ha legalizado han disminuido las cantidades de abortos. Debe ser legalizado en él caso que la madre corra peligro de muerte, fuera violada, tenga malformaciones, sea muy joven o esté de sólo dos meses.

¿Qué ocurriría de no existir la ley natural?

1:08 / Publicado por JoElAm /

¿Cúal es la idea principal de este texto?
La idea principal del texto es el positivismo jurídico, que niega la ley natural y afirma que solo existen leyes humanas.

¿Puede basarse exclusivamente la fuerza de obligar de una ley en el hecho de que haya sido aprobada por un Parlamento? ¿Qué otras condiciones se requieren para que una ley tenga verdaderamente obligado cumplimiento?
Sí, puesto que en el Parlamento se aprueban las leyes, y si estas no son acatadas, estás incumpliendo una norma(obligación de actuar).
No necesita más condiciones, veamos bien o mal esa norma, tenemos que cumplirla desde que se aprueba.

1:07 / Publicado por JoElAm /

Razones a favor de ley humana

1. El embrión humano desde el momento de la fecundación es un organismo individual de especie humana y por lo tanto existen motivos fundados para respetarlo plenamente como sujeto titular de derechos y para no discriminarlo bajo ningún motivo.
2. El primer derecho humano sin el cual no se puede gozar de ningún otro derecho es el que se refiere a la vida.
3. El embrión humano es un organismo con genotipo propio, metabolismo propio, sistema inmunológico propio y proceso de desarrollo orientado hacia un fin preciso. Si bien es sumamente frágil y dependiente del vientre materno, el embrión humano es biológicamente identificable como un individuo diverso al cuerpo de su madre.
4. Todo ser humano tiene pleno derecho a preservar la integridad de su propio cuerpo. El embrión humano también posee este derecho aunque posea capacidades diferentes a las de un adulto desarrollado. Por ello, el cuerpo de la mujer no puede considerarse superior en dignidad al cuerpo del ser humano recién concebido. Las capacidades diferentes del embrión humano no pueden ser motivo de discriminación y menos de supresión. Ambos, madre e hijo poseen la misma dignidad y merecen el mismo respeto.
5. Una sociedad mide su grado de humanidad en la medida en que promueve y defiende el derecho de sus integrantes más débiles, más pobres, más vulnerables, más excluidos. La opción preferencial por los pobres y excluidos pasa por la opción a favor de la vida humana naciente.

Razones en contra de la ley humana

1. La pena de muerte no mejoraría nuestro aparato de seguridad; lo haría más injusto. El sistema de procuración y administración de justicia en México no funciona: la impunidad alcanza umbrales del 90% y se encuentra infiltrado por el crimen organizado.
2. La pena de muerte encubre la ineficiencia de nuestros políticos. En lugar de perder su tiempo con semejantes ocurrencias, deberían ponerse a trabajar en la reforma radical a nuestro sistema de seguridad, procuración y administración de justicia que por largos años han pospuesto. Han preferido realizar cambios a la ley que resultan ser insuficientes y timoratos, por decirlo con suavidad.
3. La pena de muerte generaría un daño grave a nuestra cultura y a nuestra incipiente democracia. El problema que venimos arrastrando es la crisis cultural, ética y moral en la que vivimos, derivada de la pérdida de sentido sobre la dignidad inherente a toda persona.

Las Leyes

4:57 / Publicado por JoElAm /

La Ley Moral
La ley moral es obra de la Sabiduría divina. Se la puede definir, en el sentido bíblico, como una instrucción paternal, una pedagogía de Dios. Prescribe al hombre los caminos, las reglas de conducta que llevan a la bienaventuranza prometida; proscribe los caminos del mal que apartan de Dios y de su amor. Es a la vez firme en sus preceptos y amable en sus promesas.

La Ley Divina
La ley divina se expresa en los mandamientos de Dios y en los preceptos de la Iglesia. Los mandamientos y los preceptos son la síntesis concreta de todo lo que el hombre debe hacer o evitar para adquirirla las virtudes, conquistar la verdadera libertad y alcanzar el Sumo Bien. Dios ha dado su ley para que el hombre no se engañe sobre lo que es su verdadero bien. A menudo sucede que las personas no quieren entender para no tener que hacer el bien, es decir, encuentran muchos argumentos para justificarse, y hacer aquello que es más fácil y cómodo en vez de lo que es justo. Cada mandamiento o precepto contiene una parte positiva (las "ordenes" que se deben cumplir) para realizar el bien, y una parte negativa (las "prohibiciones" que se deben observar) para evitar el mal.

La Ley Natural
La ley natural es un orden armónico (o sistemático) y unas relaciones de interdependencia de él derivadas, a los que todos los seres existentes visibles están ligados por el mero hecho de existir. Dentro de este encontramos las nociones de orden, interrelación y armonía.

La Ley Humana
La ley humana alcanza a ciertas faltas y las castiga; el condenado sufre las consecuencias de lo que ha hecho. Pero la ley humana aunque, abarca todo delito, por leve que sea, no puede aplicarse, en la práctica, a todas las faltas; castiga más especialmente aquellas que causan notorio daño y perjuicio a la sociedad o a las personas y no las que por su levedad no causan sino levísimo malestar o incomodidad, no meritables de acudir a la justicia. Nadie iría a los tribunales por que alguien le robó unos cigarrillos en la oficina. Aparte es el hecho de que muchos transgresores que burlan la ley quedan impunes. Pero Dios no deja impune ningún desvío de su norma, pues quiere que todos progresemos, de tal forma que no existe ninguna falta, por ligera que sea, que no tenga su consecuencia inevitable, y mas o menos desagradable para el culpable. Tanto en las cosas pequeñas como en las grandes el hombre siempre es y será castigado. Nadie queda o quedará impune. Los sufrimientos, que son consecuencia del pecado, de la falta a la ley divina, le muestran a la persona con conciencia que ha obrado mal, le hacen sentir la diferencia entre el bien y el mal y la necesidad de mejoramiento espiritual para lo cual le vale y puede servirse, de su experiencia pasada para evitar en lo sucesivo motivos de nuevas aflicciones. El arrepentimiento y la contrición son absolutamente imprescindibles para purgar la falta. El dolor moral por haber ofendido a Dios le vale para corregirse ya que no pudo progresar por el placer de la obra de Dios y por el goce de su Divinidad.